Fecha: 
25/05/2019 - 1:33pm
 
El presidente de la República Iván Duque Márquez, sancionó la Ley del Plan Nacional de Desarrollo 2018 - 2022, Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad.
 
Con las estrategias contenidas en el Plan Nacional de Desarrollo, se construirá una senda de incentivos que jalonará la meta de duplicar la inversión pública y privada en actividades de ciencia, tecnología e innovación.
 
Con el Plan Nacional de Desarrollo, se avanza en la consolidación del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación.
 
 
Bogotá, 25 mayo del 2019. Durante el Taller Construyendo País #32 que se realizó en Valledupar, Cesar, el presidente de la República Iván Duque Márquez, sancionó la Ley del Plan Nacional de Desarrollo 2018 - 2022, Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad, en el que por primera vez se incluyó el capítulo de ciencia, tecnología e innovación para impulsar a Colombia por la senda de las sociedades basadas en el conocimiento y es la muestra de que el sector de ciencia, tecnología e innovación -CTeI- va a ser fundamental para el crecimiento, desarrollo y creación de riqueza y bienestar de la población.
 
En el proyecto de ley aprobado por el Congreso de la República el 2 de Mayo de 2019, se honran los compromisos del actual gobierno con el sector de la CTeI, y se encuentran consignados en los siguientes diez (10) artículos del plan:
 
Regalías (art 56)
En el marco del Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación, del Sistema General de Regalías, el mayor recaudo de regalías del bienio anterior y que ascendió a 353.750 millones de pesos, podrá ser ejecutado por los actuales Gobernadores este mismo año, recursos que aportarán para el fortalecimiento de la investigación e innovación en las regiones de todo el país.
 
Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación (art 132 y 133)
Se fusionará Colciencias en el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, el cual continuará con la misma denominación y como organismo principal de la Administración Pública del Sector de CTeI. Uno de sus objetivos generales será formular la política de CTeI, impulsar el desarrollo científico, tecnológico y la innovación de la Nación, entre otros.
 
 
Beneficios Tributarios (art 173,175 y 176)
En lo relacionado a beneficios tributarios en Ciencia, Tecnología e Innovación, desde el Plan Nacional de Desarrollo se ha propuesto mecanismos para diversificar este instrumento, uno de ellos busca que las Mipymes accedan a este instrumento, gracias a la creación de un crédito fiscal por el 50% de la inversión realizada en proyectos de I+D+i calificados por el Consejo Nacional de Beneficios Tributarios (CNBT), el cual podrá solicitarse como TIDIS que son negociables
 
De igual manera, y para contribuir a cerrar la brecha de doctores en el sector empresarial el plan nacional contempla que las empresas podrán solicitar como deducción del 100% y descuento del 25% la remuneración de los nuevos doctores que se vinculen a las empresas para el desarrollo de actividades de I+D+i.
 
Se habilitó la posibilidad de realizar donaciones al Fondo Nacional de Financiamiento para la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, Fondo Francisco José de Caldas, recursos que serán destinados para el financiamiento de programas y proyectos de Ciencia, Tecnología e Innovación aprobados por el CNBT, esta herramienta se convierte en una posibilidad para que el sector privado apoye el avance de la ciencia, la tecnología y la innovación.
 
Bienes Intangibles y derechos de autor (art 172 y 174)
 
Las entidades públicas que sean titulares de bienes intangibles y derechos de propiedad intelectual podrán negociar su explotación comercial. Los beneficios o regalías que se generen de la explotación comercial deberán ser destinados para el apoyo e inversión a los programas, proyectos, actividades e iniciativas de ciencia, tecnología e innovación – CTeI- de la entidad pública. 
 
En los casos de proyectos de investigación y desarrollo de CTeI y de tecnologías de la información y las comunicaciones, el Estado como titular de los derechos de propiedad intelectual podrá ceder dichos derechos a través de la entidad financiadora y autorizará su transferencia, comercialización y explotación a quien ejecute el proyecto. En caso de que el ejecutor llegue a obtener ganancias económicas o alguna explotación comercial, deberá asignar por mutuo acuerdo un porcentaje de las ganancias obtenidas al Estado, recursos que serán destinados a actividades de CTeI.
 
  Líneas de crédito (art 170)
Se destinarán recursos públicos que pertenezcan a fondos de Ciencia, Tecnología e Innovación para apalancar inversión privada en actividades de Ciencia, Tecnología e Innovación, haciendo uso de líneas de crédito a través entidades financieras de segundo piso.
 
Este plan consagra los instrumentos y estrategias que permitirán la articulación entre el gobierno nacional y los gobiernos locales, junto a las universidades, empresas y en general entre los actores de todos los sectores del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, para cumplir con la meta del plan propuesta por el presidente de la República, Iván Duque Márquez, de conseguir al final del 2022, una inversión de 1.5% del PIB en ACTI.