Comunicado a la opinión pública desde la Secretaría Técnica del Ocad de Ciencia, Tecnología e Innovación.

Fecha:
17/03/2026 - 9:25pm
El Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación en su calidad de Secretaria Técnica del OCAD, se permite aclarar a la opinión pública acerca de las recientes publicaciones en medios de comunicación sobre las actuaciones adelantadas frente al concepto emitido por el DNP sobre la asignación en CTeI:
- El proceso inició a partir de un concepto emitido el 17 de octubre de 2025 por la Oficina Asesora Jurídica del Departamento Nacional de Planeación (DNP), en el que se estableció que los proyectos que no surtieron integralmente el ciclo definido en el artículo 31 de la Ley 2056 de 2020 no pueden financiarse con saldos de bienios anteriores.
- En desarrollo de esta gestión, se adelantaron espacios de articulación institucional con el DNP. El 25 de noviembre de 2025 se realizó una mesa de trabajo en la que se evidenció la necesidad de un pronunciamiento específico. En consecuencia, el Ministerio elevó una consulta formal, respondida el 26 de diciembre de 2025, suscrita por el Jefe de la Oficina Jurídica del Departamento Nacional de Planeación, doctor Franck Yurlian Olivares Torres, quien ratificó que las reglas presupuestales del SGR aplican a todas las asignaciones sin excepción.
- Este concepto precisó tres elementos centrales: el presupuesto del SGR es bienal y de caja; no existe figura de salvaguarda de recursos no apropiados; y los saldos no comprometidos se incorporan como disponibilidad inicial del siguiente bienio, debiendo ejecutarse a través de los instrumentos de planeación vigentes, como el Plan Bienal de Convocatorias.
- Durante enero de 2026 se realizaron nuevas mesas de trabajo en las que el DNP reiteró que la disponibilidad inicial del nuevo bienio solo ampara proyectos previamente aprobados, y no aquellos que no completaron su ciclo.
- En este contexto, y en cumplimiento de sus funciones legales, el Ministerio socializó la actualización del Plan Bienal de Convocatorias en la sesión No. 68 del OCAD, realizada el 11 de marzo de 2026. Allí, la doctora Tatiana Zambrano, en su calidad de delegada del Departamento Nacional de Planeación ante el OCAD fue enfática en señalar que el concepto jurídico se encuentra en firme, no está sujeto a nuevas interpretaciones y debe aplicarse en su integridad.
- El Ministerio reitera que la aplicación de este criterio no corresponde a una decisión discrecional, sino al cumplimiento del marco jurídico vigente y de la interpretación institucional definida por la autoridad competente.
- Así mismo, es importante señalar que la Asignación de Ciencia, Tecnología e Innovación tiene características particulares de origen constitucional. El artículo 361 de la Constitución establece que estos recursos deben asignarse mediante convocatorias públicas, abiertas y competitivas, garantizando igualdad de oportunidades, libre concurrencia y selección objetiva. Este principio orienta todo el modelo de asignación y no puede ser sustituido por mecanismos propios de otras asignaciones.
- Por otro lado, este modelo incorpora procesos de participación territorial a través de los CODECTI.
- En cuanto al desarrollo de las convocatorias, el Ministerio ha actuado bajo criterios de legalidad, planeación, transparencia y rigor técnico. Las modificaciones realizadas mediante adendas han respondido, en su mayoría, a ajustes en cronogramas para garantizar procesos de evaluación más sólidos, ampliar plazos y asegurar el ejercicio de derechos por parte de los proponentes. Cerca del 70% de estas adendas obedecen a este tipo de ajustes, muchos de ellos derivados de solicitudes de los propios actores del sistema, en especial las Instituciones de Educación Superior quienes solicitan más tiempo para la estructuración de los proyectos.
- Frente a las convocatorias 38 a 43, se informa que fueron transferidos 118 proyectos al SUIFP. Tras la revisión de requisitos, solo el 11% (13 proyectos) no presentó observaciones, mientras que la mayoría evidenció inconsistencias en aspectos clave como certificaciones de cofinanciación, sostenibilidad, participación y soportes jurídicos. Estos resultados reflejan el rigor técnico del proceso y la necesidad de garantizar que los proyectos cuenten con las condiciones adecuadas antes de su aprobación.
El Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación reafirma su compromiso con la correcta administración de los recursos del Sistema General de Regalías, asegurando que cada decisión se adopte con transparencia, responsabilidad y en estricto cumplimiento de la Constitución y la ley; en beneficio del desarrollo científico, tecnológico y de innovación de los territorios.
- El proceso inició a partir de un concepto emitido el 17 de octubre de 2025 por la Oficina Asesora Jurídica del Departamento Nacional de Planeación (DNP), en el que se estableció que los proyectos que no surtieron integralmente el ciclo definido en el artículo 31 de la Ley 2056 de 2020 no pueden financiarse con saldos de bienios anteriores.
- Desde el Ministerio de Ciencia se solicitó su revisión para determinar la aplicabilidad a la Asignación de Ciencia, Tecnología e Innovación, teniendo en cuenta que el régimen presupuestal del SGR es de carácter general y no diferencia entre asignaciones.
- En desarrollo de esta gestión, se adelantaron espacios de articulación institucional con el DNP. El 25 de noviembre de 2025 se realizó una mesa de trabajo en la que se evidenció la necesidad de un pronunciamiento específico. En consecuencia, el Ministerio elevó una consulta formal, respondida el 26 de diciembre de 2025, suscrita por el Jefe de la Oficina Jurídica del Departamento Nacional de Planeación, doctor Franck Yurlian Olivares Torres, quien ratificó que las reglas presupuestales del SGR aplican a todas las asignaciones sin excepción.
- Este concepto precisó tres elementos centrales: el presupuesto del SGR es bienal y de caja; no existe figura de salvaguarda de recursos no apropiados; y los saldos no comprometidos se incorporan como disponibilidad inicial del siguiente bienio, debiendo ejecutarse a través de los instrumentos de planeación vigentes, como el Plan Bienal de Convocatorias.
- Durante enero de 2026 se realizaron nuevas mesas de trabajo en las que el DNP reiteró que la disponibilidad inicial del nuevo bienio solo ampara proyectos previamente aprobados, y no aquellos que no completaron su ciclo.
- En este contexto, y en cumplimiento de sus funciones legales, el Ministerio socializó la actualización del Plan Bienal de Convocatorias en la sesión No. 68 del OCAD, realizada el 11 de marzo de 2026. Allí, la doctora Tatiana Zambrano, en su calidad de delegada del Departamento Nacional de Planeación ante el OCAD fue enfática en señalar que el concepto jurídico se encuentra en firme, no está sujeto a nuevas interpretaciones y debe aplicarse en su integridad.
- El Ministerio reitera que la aplicación de este criterio no corresponde a una decisión discrecional, sino al cumplimiento del marco jurídico vigente y de la interpretación institucional definida por la autoridad competente.
- Así mismo, es importante señalar que la Asignación de Ciencia, Tecnología e Innovación tiene características particulares de origen constitucional. El artículo 361 de la Constitución establece que estos recursos deben asignarse mediante convocatorias públicas, abiertas y competitivas, garantizando igualdad de oportunidades, libre concurrencia y selección objetiva. Este principio orienta todo el modelo de asignación y no puede ser sustituido por mecanismos propios de otras asignaciones.
- Por otro lado, este modelo incorpora procesos de participación territorial a través de los CODECTI.
- En cuanto al desarrollo de las convocatorias, el Ministerio ha actuado bajo criterios de legalidad, planeación, transparencia y rigor técnico. Las modificaciones realizadas mediante adendas han respondido, en su mayoría, a ajustes en cronogramas para garantizar procesos de evaluación más sólidos, ampliar plazos y asegurar el ejercicio de derechos por parte de los proponentes. Cerca del 70% de estas adendas obedecen a este tipo de ajustes, muchos de ellos derivados de solicitudes de los propios actores del sistema, en especial las Instituciones de Educación Superior quienes solicitan más tiempo para la estructuración de los proyectos.
- Frente a las convocatorias 38 a 43, se informa que fueron transferidos 118 proyectos al SUIFP. Tras la revisión de requisitos, solo el 11% (13 proyectos) no presentó observaciones, mientras que la mayoría evidenció inconsistencias en aspectos clave como certificaciones de cofinanciación, sostenibilidad, participación y soportes jurídicos. Estos resultados reflejan el rigor técnico del proceso y la necesidad de garantizar que los proyectos cuenten con las condiciones adecuadas antes de su aprobación.
El Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación reafirma su compromiso con la correcta administración de los recursos del Sistema General de Regalías, asegurando que cada decisión se adopte con transparencia, responsabilidad y en estricto cumplimiento de la Constitución y la ley; en beneficio del desarrollo científico, tecnológico y de innovación de los territorios.

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