Fecha: 
17/02/2026 - 7:41pm
Frente a las publicaciones de la Representante a la Cámara Jennifer Pedraza, quien cuestiona la legitimidad de la demanda presentada frente a las afirmaciones injuriosas y calumniosas, y tras meses de diversos señalamientos infundados contra la conducta y gestión de la Ministra Ángela Yesenia Olaya Requene, la Procuraduría General de la Nación archivó definitivamente la investigación al confirmar la inexistencia de faltas disciplinarias, en las cuales se da fe de su actuar conforme a derecho. Pese a este fallo absolutorio, la congresista ha persistido en sus afirmaciones, lo que motivó la demanda para proteger la honra y el buen nombre de la funcionaria y la entidad.

Bajo este contexto, es falso y malintencionado afirmar que la acción legal busca un lucro personal. En un Estado de Derecho, la tasación económica de los perjuicios es un requisito técnico indispensable de ley para procesar cualquier demanda de responsabilidad civil. Cumplir con esta exigencia jurídica para valorar el daño moral causado por acusaciones ya desvirtuadas por los entes de control no constituye una pretensión de enriquecimiento, sino el acatamiento riguroso del procedimiento judicial.
 
Sumado a lo anterior, resulta jurídica y procesalmente inexplicable que se ventilen en medios de comunicación decisiones sobre una supuesta improcedencia que, a la fecha, no han sido notificadas formalmente. Llama la atención que el mismo Centro de Conciliación V&S Conciliadores en Derecho que admitió la solicitud inicial y citó a las partes a dos audiencias previas (a las cuales la Representante Jennifer Pedraza no asistió) incurra ahora en una contradicción flagrante con sus propias actuaciones, revocando de facto su competencia a espaldas del solicitante. Esta omisión en la notificación no es un simple error administrativo, sino una violación directa al derecho de defensa que privilegia la filtración mediática sobre la seguridad jurídica. Ante estas anomalías que vulneran el debido proceso, se adelantarán las acciones pertinentes para verificar la legalidad de este proceder.
 
Reiteramos que esta cartera es y seguirá siendo respetuosa del control político como pilar esencial de la democracia. Sin embargo, dicha figura constitucional no es óbice para la persecución, el hostigamiento sistemático ni la vulneración de los derechos fundamentales de los funcionarios. El debate público debe darse con altura, rigor y evidencia, no a través de maniobras que buscan minar la institucionalidad científica del país mediante el desconocimiento de la ley y la verdad procesal.