Esta convocatoria está dirigida a personas jurídicas legalmente constituidas en Colombia, con registro mercantil vigente, domiciliadas en Colombia y que cuenten con la capacidad jurídica, conforme a lo dispuesto en el artículo 1502 del Código Civil Colombiano; artículos 99 y 110 y siguientes del Código de Comercio y demás normas que adicionen, complementeno sustituyan. Los postulantes deberán ser contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios, en los términos establecidos por el Estatuto Tributario. Además, estas empresas del sector productivo deben ejecutar proyectos de investigación, desarrollo o innovación con el aval de un Actor Reconocido, cuyas inversiones se realicen durante la vigencia 2025, según lo establecido por el Consejo Nacional de Beneficios Tributarios (CNBT) y en los presentes términos de referencia.
AVISO INFORMATIVO:
Fallo de Tutela – Radicado 2025-T13-00144
"PRIMERO: Negar por improcedente el amparo constitucional invocado por el señor Reynaldo Vaz de Olivera Barros, identificado con cédula de extranjería No. 382.588, en calidad de representante legal de PROEXCAR S.A.S., en contra del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación – MINCIENCIAS, por las razones anotadas en precedencia.
SEGUNDO: Ordenar al Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación – MINCIENCIAS, que por su intermedio se publique en su portal web la presente sentencia, para efectos de notificar la acción de tutela a quienes pueda interesar."
En cumplimiento del fallo de tutela, se publica el siguiente anexo:
Cabecera